El TSJ prohíbe a una empresa de seguridad utilizar el nombre de El Pozo
Una empresa de seguridad no podrá utilizar el nombre de El Pozo en su nombre comercial, según se ordena en la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) al estimar el recurso presentado por ElPozo Alimentación.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, anula la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas que, en mayo de 2019, estimó la demanda presentada por El Pozo Seguridad y le permitió usarlo.
Dice el TSJRM que en este caso de lo que se trata es de determinar si por esta segunda firma se pretende obtener una ventaja desleal aprovechándose del renombre en toda España de la marca de ElPozo y, además, de analizar si existe riesgo de confusión en el consumidor.

