Un lápiz de cejas de apenas 3,50 euros ha terminado generando una condena penal firme. La Audiencia Provincial de Córdoba (SAP 78/2026, de 13 de febrero) ha confirmado la sanción impuesta a una clienta de Mercadona por un delito leve de hurto, rechazando todos los argumentos de la defensa y dejando un mensaje tan claro como incómodo: en el Derecho penal español no existe el “hurto insignificante”.
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