Once empleados tenían acceso a las grabaciones de los servicios de videovigilancia de las oficinas, locales y sedes de Unicaja Banca. Sin embargo, todos accedían con el mismo usuario. Lo que impedía identificar quien consultaba las imágenes.
Una práctica que la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) considera incompatible con las exigencias de seguridad del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
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