Un juzgado condena a Prosegur a abonar a un vigilante los gastos de locomoción de los años 2019 a 2021 al entender que no han prescrito ya que tiene en cuenta los recursos judiciales y las negociaciones extrajudiciales para interrumpir el plazo de prescripción de un año

Un juzgado condena a Prosegur a abonar a un vigilante los gastos de locomoción de los años 2019 a 2021 al entender que no han prescrito ya que tiene en cuenta los recursos judiciales y las negociaciones extrajudiciales para interrumpir el plazo de prescripción de un año

El juzgado de lo Social número 32 de Madrid ha dictado una novedosa sentencia por la que reconoce el derecho de un trabajador a reclamar cantidades adeudadas hace más de un año, al entender que ese plazo de prescripción para instar la acción judicial lo interrumpen tanto los recursos ante otros juzgados como las negociaciones extrajudiciales que tuvieron lugar con su empresa, Prosegur, durante los años anteriores.

Ver noticia completa: elheraldodehenares.com