Las empresas no pueden desistir de los trabajadores por no haber superado el periodo de prueba si no se ha establecido previamente las fechas de inicio y final de dicha prueba. Además, el periodo no tendrá validez y el despido pasa a ser improcedente, según el Tribunal Supremo (TS) en la Sala de lo Social en una sentencia de 12 de abril de 2023.
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