Los jueces ya no tendrán que fijar las indemnizaciones que cobran los particulares por un despido, accidente o por la anualidad de alimentos tras un divorcio para que queden exentas en el IRPF.
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Los jueces ya no tendrán que fijar las indemnizaciones que cobran los particulares por un despido, accidente o por la anualidad de alimentos tras un divorcio para que queden exentas en el IRPF.
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