La prevención y la formación son dos factores previstos de forma general en el Estatuto de los Trabajadores, y de forma particular en la normativa de prevención de riesgos laborales y en el propio Convenio Colectivo estatal de empresas de seguridad
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha establecido que las empresas de seguridad tienen la obligación de abonar los costos asociados con la renovación del permiso de armas, la Tarjeta de Identidad Profesional (TIP), así como los gastos de los exámenes médicos y psicotécnicos necesarios para sus vigilantes.
Según argumenta la Sala, prevención y formación son dos factores expresamente previstos de forma general en el Estatuto de los Trabajadores, y de forma particular en la normativa de prevención de riesgos laborales; y además, en el propio Convenio Colectivo estatal de empresas de seguridad. En base a esto, señala la sentencia, la formación de los trabajadores en materia preventiva, teórica y práctica, suficiente y adecuada debe ser garantizada por el empresario tanto en el momento de la contratación como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo.


