El Supremo da la razón a Securitas frente a la demanda de un trabajador

Arsepri

26,Sep,2023

El demandante prestó servicios para Seguridad Integral Canaria SA, sociedad que le adeuda el salario de octubre a diciembre de 2017, por un importe total de 4.558,25 euros.

El TS expone que la demanda se presentó dentro del plazo de caducidad de tres años del artículo 44.3 del ET, pero que la acción había prescrito porque ese precepto no establece un plazo singular de prescripción, debiendo aplicar el plazo anual del artículo 59.1.

Puedes leer la noticia completa en: CONFILEGAL

Síguenos

No te pierdas las novedades

Publicaciones Relacionadas:

Mantente al día y conecta con nosotros

Colabora con nosotros

Al comprar en la tienda ayudarás al mantenimiento de la asociación

Síguenos

Estas son nuestras redes sociales