El control diario de bolsos a dependientes del último turno y el registro general de taquillas sin justificación vulneran el derecho a la intimidad
La facultad empresarial de vigilancia y control encuentra su límite inmediato en el derecho fundamental a la intimidad y en el régimen excepcional de registros previsto en el art. 18 ET. La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en una sentencia del 23 de julio, ha declarado ilegal y atentatoria contra la intimidad de los trabajadores la práctica de controlar diariamente el bolso de dependientes de último turno, así como el registro general de las taquillas, con la excusa de que existen sospechas de que se estén dando hurtos. La empresa no acredita ni el volumen de las supuestas pérdidas económicas relevantes ni el papel de los empleados en esas pérdidas, ni un patrón de conducta que permita inferir un riesgo elevado.


