La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha declarado procedente el despido de un vigilante de seguridad que se ausentó sin justificar siete días del trabajo en agosto tras cambiarle la empresa las vacaciones que tenía concedidas por calendario sin respetar los dos meses de antelación que exige el artículo 38.3 del Estatuto de los Trabajadores.
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