Una hoja de papel donde el empleado firma cuando inicia el servicio no sirve como sistema de registro de jornada de la empresa, según establece la Audiencia Nacional, en sentencia de 15 de febrero de 2022.
El Tribunal Supremo (TS) ha determinado que no pueden realizarse contratos de interinidad para cubrir la ausencia de trabajadores que se encuentran de vacaciones, ya que no hay ninguna circunstancia “extraordinaria” que los justifique.
Los agentes se desplazaron al lugar, encontrando allí a una persona que había intentado salir por una puerta lateral del establecimiento llevando en su poder tres ordenadores portátiles que pretendía sustraer, siendo interceptado por personal de la empresa Sigue leyendo →
Los hechos ocurrieron de madrugada, cuando los vigilantes de seguridad de la discoteca retuvieron a la mujer al localizarle una faja donde guardaba los móviles que supuestamente había sustraído a los clientes y que quedaban escondidos pegados en Sigue leyendo →
El portavoz popular ha afirmado que, ante los crecientes casos de incidentes violentos que tienen que afrontar los vigilantes de seguridad, desde las administraciones e instituciones hay que sensibilizarse con su situación y poner todas las medidas posibles. Sigue leyendo →
La Consellería de Política Social ha rescindido el contrato con la empresa de seguridad Mersant Vigilancia, que afecta a 17 centros, entre ellos dos de menores en Rábade (Lugo) y Pontevedra, por el impago de cuatro nóminas a sus trabajadores Sigue leyendo →
Por último, la nueva ley de Policías Locales modificará los requisitos para la movilidad entre cuerpos de policía local, con el propósito de evitar ciertas prácticas abusivas y las permutas y comisiones de servicio. Por otro lado, se regulará Sigue leyendo →
Son datos de la Seguridad Social, que señala que dentro de este 75% que se prejubiló antes de la edad tope establecida, se incluye también a personas con más de 37 años y tres meses de cotización que pudieron dejar Sigue leyendo →
Los días de vacaciones disfrutadas en exceso por un trabajador no pueden ser reclamados en el finiquito, cuando su concesión ha sido voluntaria por parte del empresario. Así lo determina el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en una sentencia.