Se podrá despedir a un trabajador sin importar el valor de lo que haya hurtado a su empresa.
El Tribunal Supremo unifica doctrina y establece que el despido disciplinario ejecutado por las empresas a los trabajadores que roban algún artículo, al margen del mayor o menor perjuicio económico que suponga el valor de los objetos hurtados, es procedente y está justificada por la pérdida de confianza y la transgresión de la buena fe, que es lo que justifica la sanción a los empleados en los supuestos en los que se apropian de bienes de la empresa de escasa relevancia y mínimo valor económico.
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