El TUE dice que las guardias no presenciales son trabajo si impiden al empleado organizar su tiempo libre.

Arsepri

13,Feb,2022

El tribunal de Luxemburgo añade que únicamente pueden ser tenidas en cuenta las limitaciones que derivan de una normativa nacional, un convenio colectivo o decisiones del empresario, y no las dificultades organizativas” provocadas por “elementos naturales” o que son consecuencia “de la libre elección del trabajador”.

Ver noticia completa:europapress.es

Síguenos

No te pierdas las novedades

Publicaciones Relacionadas:

Mantente al día y conecta con nosotros

Colabora con nosotros

Al comprar en la tienda ayudarás al mantenimiento de la asociación

Síguenos

Estas son nuestras redes sociales