La reciente Sentencia del Tribunal Supremo 126/2026, dictada el 4 de febrero de 2026 por la Sala de lo Social, constituye un paso significativo en la interpretación garantista de los derechos laborales vinculados al cuidado familiar. La resolución aborda el alcance del permiso retribuido de cinco días previsto en el Estatuto de los Trabajadores de España, concretamente en su artículo 37.3 b), precepto que reconoce el derecho de las personas trabajadoras a ausentarse del trabajo con derecho a remuneración en supuestos de accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
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