El despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (causas ETOP) requiere cumplir una serie de formalidades y requisitos.
El Tribunal Supremo se ha pronunciado sobre ellos en diversas sentencias (algunas muy recientes) que conviene conocer (por ejemplo, sobre el alcance del concepto “simultaneidad” en cuanto al pago de la indemnización).
Ver la notica completa en: economistjurist.es