EL Tribunal Supremo ha dejado sin efecto una sentencia del Juzgado de Primera Instancia que declaraba improcedente el despido de un vigilante de seguridad que fue despedido por circunstancias objetivas y de carácter organizativo, consecuencia de la reducción de los servicios de la empleadora, lo que había supuesto un sobredimensionamiento de la plantilla.
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