A partir del 1 de abril el trabajador ya no tendrá que entregar el parte de baja

A partir del 1 de abril el trabajador ya no tendrá que entregar el parte de baja

A partir del 1 de abril el trabajador ya no tendrá que entregar el parte de baja

Los trabajadores que temporalmente estén incapacitados para desarrollar su actividad laboral dejarán de estar obligados a entregar a su empresa el parte médico de baja a partir del próximo 1 de abril, según consta en el Real Decreto que modifica determinados aspectos de la gestión y control de los procesos de incapacidad temporal (IT) en los primeros 365 días de su duración.

La norma, aprobada en el último Consejo de Ministros de 2022, tiene por objetivo agilizar trámites y eliminar obligaciones burocráticas y afectará a los procesos de incapacidad temporal que se encuentren en curso en el momento de su entrada en vigor (1 de abril) siempre que no hayan superado los 365 días de duración. El Gobierno defiende que los cambios introducidos en la gestión de estos procesos suponen “un importante beneficio” para las empresas, los trabajadores y para los propios facultativos del sistema de salud.

Así, en lo relativo a los partes médicos de bajas y altas, la norma establece que solo se entregará una copia al trabajador, eliminando tanto la segunda copia como la obligación del trabajador de entregar esta copia en la empresa, entidad gestora o mutua. Será la Administración la que, por medios telemáticos, comunique a las empresas la expedición de los partes médicos de sus trabajadores, evitando así trámites que pueden resultar “gravosos” para personas que están en situación de incapacidad temporal.

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