Si bien en el sector de la seguridad privada queda establecido el cumplimiento de las partes a lo dispuesto en el RD entre otros factores por ser de rango superior a la negociación colectiva, no resuelve ampliamente si los permisos deben ser abordados en días laborables o naturales, situación que tampoco recoge explícitamente el propio RD Ley.
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