La Inspección emite un nuevo criterio en el que advierte de que los “riesgos psicosociales” son también riesgos laborales.
Las empresas tienen obligación de evaluar los riesgos “psicosociales” de sus empleados, es decir, la posibilidad de que sufran estrés, ansiedad o malestar psíquico en su entorno de trabajo, y podrán ser sancionadas por la Inspección de trabajo si no lo hacen.
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