Las funciones de la seguridad privada en los puertos.

Las funciones de la seguridad privada en los puertos.

Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, “un puerto es el conjunto de espacios terrestres, aguas marítimas e instalaciones que, situado en la ribera del mar o de las rías, reúna condiciones físicas, naturales o artificiales y de organización que permitan la realización de operaciones de tráfico portuario y autorice la actividad la autoridad competente”.

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